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Gestoria y asesoria

Cómo solicitar las nuevas ayudas a empresas y autónomos en 2022

ayudas

Debido a los cambios que ha sufrido el mundo, muchas personas se han quedado sin trabajo. Esto ha ocasionado que salgan nuevos emprendedores desde debajo de las piedras. 

Muchos ciudadanos españoles se han concienciado de que, si no montaban su propio negocio, no habría otra forma de salir adelante. Para incentivar este cambio y la generación de nuevo trabajo se dan ayudas para aquellos que están empezando.

Es importante que tengas claro qué ayudas se dan y cómo obtenerlas, ya que, de lo contrario, podrías estar perdiéndote la posibilidad de conseguir una ayuda económica que podría venirlo muy bien a tu negocio, sobre todo en el inicio. 

El pasado 12 de marzo se publicó el Real Decreto Ley 5/021 de medidas extraordinarios de apoyo a la solvencia empresarial. Como es obvio, este real decreto se generó tras la grave situación por la que atravesó el país debido a la enfermedad pandémica. 

Serán las Comunidades Autónomas las que deberán estipular quien recibe las ayudas y quien no. El 22 abril fue la fecha límite para exponer cualquier concreción especial o trasposición con respecto a lo expuesto en el real decreto.

El título I del decreto al que nos referimos establece la línea de Covid-19 de apoyo a autónomos y empresas. La finalidad es paliar gastos que tengan que ver con la empresa.

Se sujetarán a estas ayudas desde los suministros del local comercial hasta el pago a proveedores, entre otros gastos. Para recibir la ayuda, tienes que solicitar el dinero para el período comprendido entre el 1 de marzo de 2020 al 31 de mayo. El crédito puede ascender hasta a 7.000 millones de euros. 

Criterio para presentar las solicitudes

Se podrán pedir una o varias solicitudes en tu Comunidad Autónoma, siempre y cuando el volumen de actividades sea igual o superior a 10 millones de euros. Otro requisito es que tienen que tener la condición de “Grupo” en el Impuesto sobre Sociedades.

En caso de que no se cumplan estos requisitos solamente se podrá pedir en el lugar donde esté estipulado su domicilio fiscal. Para realizar esa solicitud, lo mejor es contactar con un equipo de profesionales que puedan asesorarte.

En ocasiones, sobre todo en el caso de empresas pequeñas, tendemos a pensar que es mejor hacerlo todo solo para evitar pagar de más. Pero es en ese intento de pagar menos en el que perdemos buenas oportunidades o acabamos pagando multas. 

Nuevas ayudas a empresas y autónomos: Jóvenes Emprendedores, Emprendedores y Crecimiento

El Consejo de ministros aprobó los fondos destinados a pymes y emprendimientos innovadores. Por medio de préstamos participativos de ENISA, el Gobierno dará 98.5 millones de euros a autónomos y pymes de financiación.

Así es como se busca ayudar a las empresas nuevas, a jóvenes emprendedores y no dejar de lado a aquellos que quieren crecer dentro de su sector. 

Cómo solicitar las nuevas ayudas: jóvenes emprendedores

Con estas ayudas se pretende alivianarle el camino a las nuevas generaciones que buscan crear su propio negocio. Los que se beneficiarán de esta ayuda serán los autónomos menores de 40 años con proyectos de emprendimiento innovador.

El importe mínimo del préstamo será una cantidad de 25.000 €. El máximo serán 75.000 €.

Requisitos a cumplir

Ser una pyme, de acuerdo a la definición que establece la UE.

Tener una personalidad jurídica propia, a pesar de que tengas socios.

Que el negocio se haya creado hace un máximo de 24 meses.

Tener una actividad principal dentro del territorio nacional, donde también esté registrado tu domicilio social.

El modelo de negocio tiene que ser innovador y competitivo, o sea viable para que pueda subsistir en el mercado. 

El dinero tiene que estar en manos de personas físicas que no superen los 40 años

Pero no todo estará servido. Los socios de la empresa tendrán que aportar por lo menos el 50% del préstamo.

Además, habrá que demostrar que se cuenta con viabilidad técnica y económica para afrontar el proyecto. Las cuentas de la última actividad deben estar registradas en el Registro Mercantil o en cualquier otro registro público. 

De esta ayuda quedan excluidos los sectores inmobiliario y financiero.

Ahora ya sabes lo que el Gobierno puede ofrecerte… ¿te lo vas a perder?

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