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Gestoria y asesoria

¿Qué puedo reclamar si hay un despido en este 2022?

despido

En España el despido es prácticamente libre, pero siempre es necesaria una justificación para poder ejecutarlo. Aun así, la mayoría de las veces se procede al despido sin que exista una causa. 

Al recibir una carta de despido, un trabajador se realiza una serie de preguntas acerca de sus derechos y como reclamarlos. Para ello, hay que saber qué tipo de despido se ha producido y atender a la carta de despido.

¡Vamos a analizar cómo poder reclamar si me despiden!

Tipos de despido

Ahora te los indicamos: 

Disciplinario

Se despide al trabajador alegando incumplimiento; el empresario extingue el contrato bajo la justificación de faltas por parte del trabajador.

Estas faltas tienen que constar en el Estatuto de los Trabajadores, como desobediencia, impuntualidad reiterada o disminución del rendimiento.

Pero, hay faltas leves que no dan lugar a despido. Para ser justificado, las faltas han de ser graves y de culpabilidad por parte del trabajador. Si se trata de faltas leves, la sanción ha de quedarse en amonestaciones o suspensiones de empleo y sueldo.

El problema de este tipo despido si es procedente, es que la extinción del contrato conlleva que el trabajador no tendrá ningún derecho a ser indemnizado. Por eso vamos a explicar cómo reclamar ante un despido disciplinario:

El despido disciplinario se podrá impugnar si la carta de despido no está bien redactada, con detalle y explicación clara de las faltas que se adjudican al trabajador. O si estas no son lo suficientemente graves como para conllevar un despido. En ese caso será un juez el que decida si el despido es improcedente o no lo es.

Objetivo individual

Es el despido por el cual el empresario despide al trabajador por una de estas razones:

  • Económicas
  • Organizativas
  • Técnicas o de  producción.
  • Ineptitud sobrevenida con posterioridad de su incorporación a la empresa.
  • Inadaptación del trabajador a los cambios técnicos de su puesto de trabajo.

Cómo reclamar si me despiden

Es muy importante conocer el plazo del que se dispone para reclamar por un despidoEn ese caso, el trabajador cuenta con 20 días para reclamar, a partir del día siguiente laboral del día de la extinción del contrato.

Si se trata de reclamar un finiquito, el plazo se extiende hasta el año a partir de la fecha en que hubo de ser abonado.

Hay que tener en cuenta que antes de llegar a juicio, el sistema tiene un paso previo; La fase de conciliación. Esta tiene como finalidad ayudar a que empresa y trabajador lleguen a un acuerdo.

El trabajador presenta la llamada “Papeleta de conciliación”, donde argumenta las razones por las que impugna el despido y cuantifica las cifras que ha dejado de percibir por parte de la empresa.

Si se trata de una extinción de un contrato temporal, hay que asegurarse de que el contrato no se encuentra en fraude de ley

Las razones fundamentales para que así fuera serían haber superado la duración del contrato o que se esté cubriendo una eventualidad indefinida y no temporal.

¿Qué tipos de reclamación se pueden hacer si me despiden?

Conócelas:

  • Pedir el despido improcedente: en el caso de que el despido no tenga causa o el proceso no ha sido correcto, se considerará despido improcedente. La empresa tendría la opción de readmitir al empleado o indemnizarle con 45 días por año trabajado. La empresa tendrá que decidir en un plazo no mayor a 5 días.
  • Pedir el despido nulo: en algunas ocasiones, el empleado cuenta con una protección por la legislación y no se le puede despedir si no existe una razón justa. El despido nulo se produce cuando el despido es improcedente, pero, además, el empleado está protegido. Eso lo convierte automáticamente en nulo.

Casos muy comunes son los despidos durante la maternidad, excedencias o cuidados de un dependiente. En ese caso la empresa queda obligada a reincorporar al trabajador, así como el trabajador a reincorporarse. En el despido nulo no hay indemnizaciones pero sí se tienen que abonar los salarios de tramitación.

  • Reclamar un despido no conlleva costes, salvo la minuta del abogado. Del mismo modo tampoco se podrá reclamar que, en caso de ganar, el empresario sufrague los costes del abogado del trabajador, con la excepción de si la empresa no acude al acto de conciliación, supuesto en el cual el empresario podría tener que pagar hasta 700€.
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